Corte IDH Caso Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) vs. Colombia
Autores y Autoras: Annelinne Espitia Pérez, Dayana Ropero Montaño, Charles Pérez Florez, Camilo González García, Artur Granadillo Vital.
En el video encontramos la explicación de la sentencia del 18 de octubre de 2023, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado colombiano por una serie de acciones ilegales y sistemáticas cometidas durante más de dos décadas contra los integrantes del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, conocido como CAJAR, así como contra varios de sus familiares. En el video se expone lo que la Corte explicó y es que desde los años noventa, distintas entidades estatales desarrollaron operaciones de inteligencia sin justificación legal, seguimientos, interceptaciones, vigilancia constante, recopilación de datos personales y hasta ingreso irregular a sus hogares u oficinas. Lo más grave es que estas actividades continuaron incluso después de la entrada en vigencia de la Ley 1621 de 2013 (la ley de inteligencia) que se suponía debía poner límites y controles, pero no logró prevenir estos abusos. En el video podemos encontrar como el Tribunal también señaló que funcionarios públicos contribuyeron a la estigmatización del CAJAR, insinuando que sus miembros tenían vínculos con grupos armados. Esta narrativa oficial aumentó los riesgos para su vida e integridad, generó desplazamientos forzados y reforzó un ambiente hostil hacia la defensa de los derechos humanos. A esto se sumó una profunda impunidad: muchas denuncias no se investigaron adecuadamente, no se identificó a los responsables y tampoco se sancionaron los hechos. Por todo ello, la Corte concluyó que Colombia violó una amplia gama de derechos: la vida, la integridad personal, la vida privada, la honra, la libertad de expresión, la libertad de asociación, el derecho a la verdad, las garantías judiciales, la protección judicial e incluso el derecho autónomo a la autodeterminación informativa, que implica controlar los datos personales en manos del Estado. Como reparación, la Corte ordenó al Estado reformar su marco de inteligencia, depurar archivos y permitir acceso a la información, reactivar investigaciones, crear mejores mecanismos de protección para defensores de derechos humanos y realizar actos públicos de reconocimiento. También ordenó campañas educativas y la creación de un Día Nacional de las Personas Defensoras, además del pago de indemnizaciones. Esta sentencia reafirma que defender derechos humanos no puede convertirse en un riesgo para la vida.
Biografía corta de los autores y las autoras
ANNELINE ESPITIA PEREZ: Es una profesional colombiana con amplia trayectoria en el sector público, dedicada a la atención, estudio y asignación de medidas de protección para personas en riesgo por su liderazgo social y defensa de los derechos humanos. Es abogada, con formación en derechos humanos y resolución de conflictos, y cuenta con capacitaciones en liderazgo, técnicas de entrevista y procedimientos investigativos. Desde 2012 es funcionaria de la Unidad Nacional de Protección (UNP) en Santander, donde ha sido Enlace Regional y Coordinadora de la GURPCUC. Con más de 28 años de experiencia, contribuye a la salvaguarda de personas amenazadas y al fortalecimiento de la seguridad humana.
ARTUR GRANADILLO VIDAL: Abogado especialista en Derecho Administrativo, con más de trece años de experiencia en el sector de los servicios públicos domiciliarios. Mi trayectoria se distingue por el rigor técnico, la solidez en el análisis jurídico y la capacidad para optimizar procesos administrativos y de control. Poseo criterio sólido para la toma de decisiones, alto sentido de responsabilidad y un enfoque orientado a fortalecer la eficiencia institucional. Me caracterizo por la comunicación asertiva, el trabajo colaborativo y el compromiso permanente con la mejora continua, la integridad, la transparencia y la búsqueda de soluciones efectivas que aporten valor a la gestión pública actual.
CHARLES ALEXANDER PEREZ FLOREZ, Colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander, abogado, especialista en contratación estatal, amplia experiencia en el sector público.
CAMILO GONZÁLEZ GARCÍA, abogado especialista en Derechos Humanos, trabajador humanitario con 10 años de experiencia profesional en prevención de violaciones masivas de Derechos Humanos, protección especial a comunidades étnicas y organizaciones defensoras de Derechos Humanos, construcción de paz y promoción del Derecho Internacional Humanitario.
DAYANA MARCELA ROPERO MONTAÑO, abogada con dos años de experiencia en el sector público. Ha desempeñado funciones jurídicas en la Secretaría de Salud Departamental del Cesar y en la Alcaldía de Pelaya, aportando a la gestión institucional, la revisión normativa y el fortalecimiento de procesos administrativos. Su labor se distingue por el compromiso, la responsabilidad y el enfoque técnico en la aplicación de la normatividad vigente, especialmente en temas relacionados con la salud pública y la administración municipal.





